Cálculo de CTS , Cómo saber cuanto recibiré? Descarga Gratis.

Desde s/36.90 mensual

El próximo lunes 15 de noviembre es la fecha límite que tienen las empresas para pagar la CTS, según lo establecido en el Decreto Supremo N° 001-97-TR. Este pago sirve como respaldo económico ante la desvinculación laboral, por lo que solo debería ser utilizada en caso de renuncia, despido o jubilación, pero actualmente está permitido su desembolso. Los trabajadores podrán retirar el 100% del monto de CTS que se deposite este mes.

¿Qué es la CTS?

Beneficios que se paga semestralmente en mayo y noviembre de cada año. Cada depósito realizado es equivalente a medio sueldo.

¿Qué es la CTS?

Beneficios que se paga semestralmente en mayo y noviembre de cada año. Cada depósito realizado es equivalente a medio sueldo.

Video Informativo: Depósito de la CTS

Fuente: SUNAFIL

¿Quiénes deben recibir CTS?

Este beneficio es recibido por todos los trabajadores formales de empresas privadas con una jornada mínima de 4 horas diarias.

¿Cúal es la diferencia entre Régimen General y Mype Laboral?

En el Régimen General se obtiene el 100% de la Compensación por Tiempo de Trabajo(Texto Unico Ordenado del D. Leg. N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral), mientras que los REMYPE acceden al 50% del beneficio (Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE).

¿Existen exclusiones?

Se excluye a los trabajadores del sector público, los informales y los que emiten recibos por honorarios.

¿Cómo saber cuánto me pagaran?

El pago de la CTS al año equivale a un sueldo más la sexta parte de la última gratificación percibida, lo que se estima que sería de 1.17 sueldos aproximadamente al año, considerando que el pago se hace dos veces al año.

¿Cuál es el tiempo mínimo de trabajo para obtener el depósito de CTS?

El tiempo mínimo de trabajo es de un mes completo de labor para obtener el derecho de recibir el depósito de CTS.

¿Hasta cuándo me deben depositar las CTS?

Las CTS son beneficios de periodicidad semestral cuyo periodos son de Mayo – Octubre y Noviembre – Abril de cada año y se depositan como máximo hasta el día 15 de Noviembre y 15 de Mayo respectivamente.

Por ejemplo:

Un trabajador recibe una remuneración fija de s/ 3,000 al mes, su CTS será de s/ 3,500, es decir, recibiría un pago semestral de s/ 1,750 en mayo y noviembre.

¿Actualmente está permitido su desembolso?

Si, a causa de la pandemia se estableció la Ley N° 31171 con la que los trabajadores tienen la opción de retirar el 100% de su cuenta de CTS, lo cual solo será disponible hasta el 31 de diciembre del 2021.

Recuerda:

El empleador debe entregar a cada trabajador, dentro de los 5 días hábiles de efectuado el depósito, una liquidación de la CTS depositada.

Dicha liquidación podrá entregarse haciendo uso de tecnologías de la digitalización, información y comunicación.

Descarga el Formato de Liquidación de CTS

Caso Práctico

  1. Un trabajador ingresa a laborar a una empresa el 15 de abril de 2021, con un sueldo de s/ 1,200 mensuales. Percibió de gratificación por julio 2021 s/400.

Ingresó el 15 de abril, por lo tanto está pendiente regularizar los 16 días de labor de dicho mes, ya que no tuvo depósito de CTS Mayo 2021.

Al trabajador le corresponde recibir el depósito de CTS en el mes de Noviembre 2021

El depósito será de la siguiente manera:

  • Tiempo Laborado:

       TL= 16 días (abril) + 6 meses (mayo-octubre)

       TL= 196 días

   Remuneración Computable:

   Remuneración Básica:                   S/ 1200.00

   1/6 Gratificación: 1/6 (400):           S/    266.67

   TOTAL REM. COMPUTABLE           S/ 1,266.67

    CTS a depositar en NOV. = 1,266.67 / 360 * 196 = s/. 689.63

  1. Un hombre ingresó a laborar en una empresa comercial que vende celulares el 1 de mayo del 2021. percibe una remuneración fija como vendedor de S/1,200.00 y comisiones mensuales de Mayo: 410.00, junio: 540.00, julio: 655.00, agosto: 650.00, setiembre: 700.00 y octubre: 600.00. Así también, percibió como gratificación S/494.00.

  Remuneración Básica: s/. 1,200

  Promedio de comisiones:


    1/6 gratificación: s/. 494 / 6 = S/ 82.33

     Remuneración Computable:

  • Remuneración Básica:             S/  1,200.00
  • Promedio de comisiones:       S/        50.00
  • 1/6 gratificación:                      S/        33.00

   TOTAL REMUNERACIÓN:           S/. 1,874.83

   Cálculo de CTS


Compartir en :

Facebook
Twitter
LinkedIn

Esta entrada tiene 7 comentarios

  1. binance

    Your article helped me a lot, is there any more related content? Thanks!

  2. Can you be more specific about the content of your article? After reading it, I still have some doubts. Hope you can help me.

  3. binance

    Your point of view caught my eye and was very interesting. Thanks. I have a question for you.

Deja una respuesta

¿PROBLEMAS CON SUNAT?

Asesoría Personalizada

Resolvemos tus dudas o consultas tributarias, contables o laborales

Nosotros te ayudamos

S/ 100 Servicio por hora
  •  

Artículos Relacionados

¿TE GUSTO ESTE ARTICULO?

Comparto material exclusivo solo con mis suscriptores.

Apúntate para recibirlo en tu email.