CASOS PRÁCTICOS GRATIFICACIONES - DESCARGA GRATIS
- Por Maximice Contable
- junio 30, 2025
El próximo lunes 15 de julio es la fecha límite que tienen las empresas para pagar la Gratificación de Julio, según lo ha establecido la Ley 27735 y su reglamento DS 017-2002 TR.

¿Qué son las Gratificaciones?
Las gratificaciones son pagos adicionales al salario regular que reciben los trabajadores en planilla en los meses de julio y diciembre, coincidiendo con las celebraciones de Fiestas Patrias y Navidad, respectivamente. Sirven como un ingreso extra para que los trabajadores puedan cubrir los gastos adicionales asociados a estas festividades, como viajes o compras.
Fuente: SUNAFIL
¿Quiénes deben recibir Gratificaciones?
Los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, incluyendo aquellos a tiempo parcial, cooperativas, régimen agrario, y trabajadores del hogar, y también los trabajadores del sector público tienen derecho a recibir gratificaciones.
¿Cúal es la diferencia entre Régimen General y Mype Laboral?
En el Régimen General se obtiene el 100% de la Gratificación (Texto Unico Ordenado del D. Leg. N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral), mientras que los REMYPE acceden al 50% del beneficio (Decreto Supremo N° 013-2013-PRODUCE).
¿Existen exclusiones?
Se excluye a los trabajadores CAS, los informales y los que emiten recibos por honorarios.
¿Cómo saber cuánto me pagaran?
El pago de la Gratificación al año equivale a un sueldo más la bonificación extraordinaria del 9% percibida, considerando que el pago se hace dos veces al año.
¿Cuál es el tiempo mínimo de trabajo para obtener el depósito de la Gratificación?
Existen 2 regímenes de Gratificaciones:
- Régimen General: La empresa pagará el beneficio completo al 100%
- Régimen Especial: Pequeña. La Empresa pagará el el 50% del beneficio.
Caso Práctico
- Un trabajador ingresa a laborar a una empresa el 01 de Julio del 2025 con un sueldo de s/ 2,600 mensuales.
Respuesta: Ingresó el 01 de julio, por lo tanto ingresó después del tiempo computable del 01 de enero al 30 de junio. Por ello no le corresponde depósito de Gratificación el 15 de Julio.
2. Un trabajador ingresó a laborar el 08 de febrero del 2025 con un sueldo de S/ 2,500 y cesó el 02 de Julio del 2025.
Respuesta:
El depósito será de la siguiente manera:
- Tiempo Laborado: Meses completos al 30 de junio.
Del 01 de marzo al 30 de junio = 4 meses
Remuneración Computable:
Gratificación: S/ 2,500 / 6 x 4 meses. = S/ 1,666.67
Bonificación Extraordinaria: S/ 150.00
TOTAL A RECIBIR: S/ 1,816.67
3. Un hombre ingresó a laborar en la empresa comercial MAQUINARIAS SAC el 1 de agosto del 2024. percibe una remuneración fija como vendedor de S/1,800.00 y comisiones mensuales de Enero: 410.00, Marzo: 540.00, junio: 650.00. Así también, obtuvo un incremento de sueldo el 30 de junio de S/2,000.
Remuneración Básica: S/. 1,800
Tiempo Laborado= 6 meses
Promedio de comisiones:
Enero S/ 410, Marzo S/ 540 y Junio S/ 650.
Promedio de Comisiones: (410 + 540 +650) / 6 = S/ 266.67
Gratificación: S/ 2,066.67
Bonificación Extraordinaria: S/ 186.00
TOTAL A RECIBIR: S/ 2,252.67
Para el cálculo de gratificación se considera el promedio de comisiones (divido entre 6), cumplido el requisito de regularidad.
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