Cómo detener un Posible Embargo? Responde a una Cobranza Coactiva SUNAT
- Por Maximice Contable
- octubre 1, 2024

¿Qué es la cobranza coactiva?
La cobranza coactiva es un mecanismo legal que permite a la Administración Tributaria del Perú (SUNAT) recuperar deudas tributarias que no han sido pagadas voluntariamente por los contribuyentes. Este proceso se caracteriza por su naturaleza coercitiva, lo que significa que se pueden tomar medidas forzosas para asegurar el cobro. La cobranza coactiva se aplica a deudas tributarias, multas y otros conceptos que la ley establece como exigibles, y busca garantizar que el Estado reciba los ingresos necesarios para financiar sus actividades.

¿Quiénes intervienen en el proceso de cobranza coactiva?
En el proceso de cobranza coactiva, los dos agentes principales son el deudor tributario y el ejecutor coactivo. El deudor tributario es la persona natural o jurídica que tiene una obligación tributaria pendiente de pago y es responsable de regularizar su situación. Por otro lado, el ejecutor coactivo es el funcionario designado por la SUNAT u otra entidad administrativa, encargado de llevar a cabo las acciones necesarias para la recuperación de la deuda, incluyendo notificaciones, embargos y la gestión de remates, asegurando que el proceso se realice de acuerdo con la normativa legal.
¿Quién es el ejecutor coactivo?
El ejecutor coactivo es un funcionario responsable de llevar a cabo las acciones necesarias para la cobranza coactiva, incluyendo embargos y remates, para el cobro eficaz de las deudas exigibles velando por la legalidad del procedimiento.
¿Quién es el deudor tributario?
Persona a la cual se le realiza el cobro de la deuda tributaria en calidad de contribuyente, susceptible de ser afectada patrimonialmente en caso de no cancelar su deuda.
Un ejemplo:
Una pequeña empresa dedicada a la venta de productos por menor. Supongamos que esta empresa ha generado ingresos durante el año fiscal y conforme a la ley peruana, está sujeta al pago del Impuesto a la Renta. Si la empresa no paga este impuesto dentro del plazo establecido por la SUNAT, se convierte en un deudor tributario.
¿Qué tipo de deudas tributarias son objeto de cobranza coactiva?
En Perú, varias deudas pueden calificar como deudas tributarias y ser objeto de cobranza coactiva. Aquí tienes algunos ejemplos:
Tipos de Deudas Tributarias
Impuesto a la Renta: Este impuesto se aplica a las personas naturales y jurídicas sobre sus ingresos.
Impuesto General a las Ventas (IGV): Impuesto sobre las ventas de bienes y servicios.
Impuesto Selectivo al Consumo (ISC): Impuesto aplicado a productos específicos, como alcohol y tabaco.
Impuestos Municipales: Incluye tributos como el impuesto predial y el impuesto de alcabala.
Contribuciones: Pagos por conceptos de mejoras en servicios públicos, como agua y saneamiento.
Aportes al Sistema de Pensiones: Deudas que las empresas tienen con el sistema de pensiones de sus trabajadores.
Multas y Sanciones Tributarias: Impuestas por la SUNAT o entidades locales por incumplimientos normativos.
Cualquiera de estas deudas puede ser objeto de cobranza coactiva si no se paga dentro de los plazos establecidos. La SUNAT o la entidad correspondiente iniciará el proceso mediante notificaciones y eventualmente podrá embargar bienes si la deuda no es saldada.
¿Cómo se inicia el procedimiento de cobranza coactiva?
La cobranza coactiva es la última etapa en la gestión del cobro de deudas tributarias, después del incumplimiento de las obligaciones por parte del contribuyente. El procedimiento se inicia con la notificación de una Resolución de Ejecución Coactiva (REC) al deudor, informándole sobre la deuda pendiente y otorgándole un plazo de siete días hábiles para realizar el pago. Si el deudor no regulariza su situación dentro de este plazo, la SUNAT está facultada para tomar medidas coercitivas, como embargos sobre los bienes del contribuyente.
¿Cuáles son las etapas del procedimiento de cobranza coactiva?
Las etapas del procedimiento son:
- Notificación: Se informa al contribuyente sobre la REC y se le concede un plazo para pagar.
- Embargo: Si no se realiza el pago, se procede a embargar los bienes del deudor.
- Remate: Los bienes embargados pueden ser vendidos en subasta pública para recuperar el monto adeudado.
¿Qué sucede si el deudor no paga dentro del plazo establecido?
Si el contribuyente no paga la deuda dentro del plazo de siete días hábiles tras la notificación de la REC, el ejecutor coactivo tiene la facultad de proceder con embargos sobre los bienes del deudor. Esto puede incluir cuentas bancarias, propiedades inmuebles, vehículos y otros activos. El objetivo es asegurar que haya bienes suficientes para cubrir la deuda pendiente antes de proceder a un remate o venta pública.
¿Qué sucede si no puedo pagar la deuda total?
Si no puedes abonar la deuda total, existen diversas alternativas:
- Fraccionamiento de la Deuda: Puedes solicitar un fraccionamiento, lo que te permitirá pagar en cuotas.
- Acuerdos de Pago: Es posible negociar un acuerdo de pago con la entidad para establecer condiciones más favorables.
- Suspensión del Procedimiento: Al presentar un recurso administrativo, el procedimiento puede suspenderse temporalmente, aunque esto no detiene un embargo ya iniciado.
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9 comentarios en “Cómo detener un Embargo? Descarga el Escrito Cobranza Coactiva SUNAT”
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